Subsidio SUELDO MINIMO

No quiero dejar pasar la oportunidad de informarles de este beneficio al que quizás varios de ustedes tienen acceso. Como muchos saben, el sueldo mínimo tuvo un reajuste a partir del 01 de mayo de 2022, por lo que actualmente asciende a la suma de $380.000. Dicho incremento, también contempla un subsidio mensual para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas, Cooperativas, Personas Jurídicas sin fines de lucro (fundaciones y otras) y Comunidades, cuyo fin es un apoyo en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley 21.456.

¿Cuándo pueden solicitarlo?

Las empresas, pueden acceder y solicitar este beneficio por una sola vez, a partir del 14 de junio de 2022, a través de la plataforma habilitada en la página del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl). Al ingresar, la página le informará automáticamente si es beneficiaria o no de este subsidio y el monto que le corresponde de acuerdo al tramo. 

El pago de dicho subsidio, se realizará hasta 15 días después de aceptada la solicitud del beneficio. Los meses siguientes, se depositará automáticamente hasta el último día hábil del mes. 

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas? 

  1. Deben tener inicio de actividades en Primera Categoría antes del 01 de agosto de 2022. Cabe mencionar que las empresas que inicien actividades a partir del 01 de agosto de 2022, podrán optar a este beneficio si el sueldo mínimo aumenta a 410.000 a partir del 01 de enero de 2023.

  2. Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en el año 2021.

  3. Tener 1 o más trabajadores contratados con sueldo mínimo, de acuerdo a lo contemplado en la ley. 

  4. Sean personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

¿Qué empresas no pueden acceder al subsidio?

  1. Las EIRL en las que el dueño(a) sea el único trabajador(a) o SPA en la que uno de los accionistas sea el único(a) trabajador(a). 

  2. Las empresas que tengan inicio de actividades después del 30 de abril de 2022 y en las que un socio o accionista sea persona jurídica. 

  3. Empresas que tengan código de actividad financiera y de seguros. 

¿Cómo solicitar el subsidio?

La solicitud del subsidio, como se indicó previamente se realiza a partir del 14 de junio de 2022, a través de la página del SII. (www.sii.cl). Desde la página se puede ingresar a la plataforma habilitada para ello, con el Rut y Clave de la empresa. Se debe considerar lo siguiente:

  • El cálculo del monto del subsidio es automático. 

  • Se deben ingresar los datos de la empresa y elegir la modalidad de pago.

  • Como se accede con el Rut y clave de la empresa, los datos presentados y cálculos realizados son de esa empresa exclusivamente. 

  • Los organismos encargados de facilitar la información para el cálculo son la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía) y el SII (Servicio de Impuestos Internos).

  • La solicitud se realiza por única vez, y el beneficio se recibe hasta abril de 2023.

  • La empresa tiene la opción de presentar un reclamo en caso de que la información proporcionada no se ajuste a la realidad para que sea revisada por el organismo correspondiente. 

¿Cómo se realiza el pago del subsidio?

Al momento de realizar la solicitud del subsidio, la empresa tiene la opción de elegir la modalidad de pago, las cuales son las siguientes:

  1. Depósito: se debe considerar que la cuenta bancaria debe corresponder a la empresa o persona natural de primera categoría que solicita el beneficio. El primer pago se realizará dentro de los próximos 15 días luego de solicitado el beneficio. Para los meses siguientes, el depósito se realizará automáticamente el último día hábil del mes. 

  2. Pago por Caja: en caso de que la empresa no cuenta con una cuenta bancaria a su nombre, debe solicitar el pago por caja. El primer pago estará disponible en las sucursales de BancoEstado en un plazo de 15 días de solicitado el beneficio. Para los meses siguientes, el pago estará disponible el último día hábil del mes. 

¿Cuál es el monto del subsidio al que puede acceder la empresa?

El monto del subsidio considerado en la Ley 21.456 será de acuerdo a lo siguiente:

  • $22.000: de mayo a julio de 2022.

  • $26.000: de agosto de 2022 a enero de 2023.

  • $32.000: de enero a abril de 2023, si el sueldo mínimo llega a $410.000 de acuerdo al IPC. 

Si desea revisar mas información de este subsidio, puede revisar el link que les dejo a continuación (Ley 21.456). También pueden ingresar a la página del SII (www.sii.cl)

Ley 21.456

¿Quieres enterarte de más beneficios o información relevante para tu empresa?

Compartir

Últimas Publicaciones

Identificarse dejar un comentario
Aumento del Sueldo Mínimo
a partir del 01 de mayo de 2022